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Calendario de obligaciones para pymes: septiembre 2026 - julio 2027 (alias SMS, prefijo 400, Verifactu y atención al cliente)

Por Martin Adrian Reche, NovaChat IA · 9 de agosto de 2026 | Lectura: 11 minutos

Lo esencial en 30 segundos

En la mesa del gerente de una academia de idiomas, la vuelta de vacaciones de 2026 tiene cuatro post-its: «alias SMS — ¿nos afecta?», «prefijo 400 — preguntar al de la centralita», «Verifactu — ¿otra vez se aplaza o va en serio?» y «ley atención al cliente — ¿pymes sí o no?». Cuatro normas distintas, publicadas en cuatro momentos distintos, y ninguna vino con un aviso en el buzón. Este artículo es la chuleta que nos habría gustado encontrar: todas las fechas que tocan a la operativa de una pyme entre septiembre de 2026 y julio de 2027, verificadas contra el BOE y con enlace a la norma original.

Cinco fechas, cuatro normas, todas ya publicadas: entre el 15 de septiembre de 2026 y el 1 de julio de 2027 entran en aplicación el bloqueo de SMS con alias no registrado (Circular 1/2026 de la CNMC), el prefijo 400 obligatorio para llamadas comerciales (BOE 16-abr-2026), el fin del plazo de adaptación de la Ley 10/2025 de atención a la clientela y las dos fechas de Verifactu (RDL 15/2025). Ninguna es un borrador: las cinco tienen norma publicada en el BOE.

El calendario completo, en una tabla

Fecha Qué pasa Norma A quién aplica Si no haces nada
15 sep 2026Los operadores bloquean los SMS cuyo remitente sea un alias (nombre de marca) no inscrito en el Registro de Alias de la CNMCCircular 1/2026 CNMCCualquier empresa que envíe SMS con su nombre como remitente: recordatorios, avisos, códigosTus SMS dejan de entregarse — sin mensaje de error para el cliente
17 oct 2026Las llamadas comerciales solo pueden hacerse desde numeración con prefijo 400; los operadores bloquean el restoResoluciones SETID, BOE 16-abr-2026Cualquier empresa que haga llamadas de captación o venta — con personas o con IATus llamadas comerciales no se cursan; riesgo de sanción de consumo
28 dic 2026Fin del plazo de adaptación de la Ley de Atención a la Clientela: 95% de llamadas en menos de 3 minutos, 15 días hábiles para reclamacionesLey 10/2025Servicios básicos (cualquier tamaño) y empresas con 250+ empleados, +50M€ de facturación o +43M€ de balanceMultas de consumo de hasta 100.000€ (graves); a las pymes les llega el efecto arrastre
1 ene 2027Verifactu obligatorio: el software de facturación debe cumplir el reglamento antifraude (registros con huella, envío a la AEAT)RDL 15/2025Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (SL y demás sociedades), salvo acogidos al SIIMultas de la Ley General Tributaria de hasta 50.000€ por ejercicio (art. 201 bis)
1 jul 2027Verifactu para el resto de obligados: autónomos en IRPF, entidades en atribución de rentas, no residentes con establecimientoRDL 15/2025Autónomos y profesionales que facturan con softwareLas mismas multas del art. 201 bis LGT

Ahora, hito por hito: qué es exactamente, a quién le toca y qué conviene hacer este mes — no en la semana de la fecha límite.

15 de septiembre de 2026 — el alias de tus SMS o se registra o se bloquea

La CNMC creó en marzo el Registro de Alias (Circular 1/2026, BOE de 27 de marzo de 2026) para cortar el smishing: los SMS que suplantan a bancos y empresas de paquetería. La regla es de registro previo: ningún identificador alfanumérico — «TuAcademia», «TallerLopez» — puede usarse como remitente de SMS hacia números españoles si no está inscrito. Desde el 15 de septiembre de 2026 (fecha ya aplazada una vez por la complejidad técnica, según Redes&Telecom — no cuentes con otra prórroga), los operadores bloquean los mensajes con alias sin registrar o enviados por proveedores no autorizados.

A quién aplica: a cualquier empresa que envíe SMS con su marca como remitente — confirmaciones de reserva, avisos de recogida, recordatorios de clase o de cita de taller. Si tus SMS salen con un número de móvil normal como remitente, no te afecta. Qué hacer este mes: haz inventario de todo lo que tu negocio envía por SMS (incluido lo que envían por ti tu software de reservas o tu CRM), pregunta por escrito a tu plataforma de SMS si el alias estará registrado antes del 15 de septiembre y quién lo registra, y prueba un envío real esa semana. El detalle fino está en la propia circular y en el portal público de consulta de alias que publica la CNMC.

17 de octubre de 2026 — llamadas comerciales solo desde el prefijo 400

Dos resoluciones de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (BOE de 16 de abril de 2026), en desarrollo del artículo 16.3 de la Ley 10/2025, reservan el rango de numeración 400 para las llamadas comerciales. Cumplido el plazo de seis meses — el 17 de octubre de 2026 —, las llamadas comerciales no podrán hacerse desde ninguna otra numeración y los operadores bloquearán las que lo intenten. Da igual quién marque: un comercial humano, una centralita o un agente de voz con IA.

A quién aplica: a cualquier empresa que llame para captar o vender — devolver una solicitud de información de un lead no es lo mismo que una llamada fría, pero la frontera tiene matices y conviene conocerla. Qué hacer este mes: separa en tu operativa las llamadas de servicio (confirmar una cita, avisar de que el coche está listo) de las comerciales; si haces captación, pide ya a tu operador numeración del rango 400 — el alta y la configuración llevan semanas — y, si usas un voicebot saliente, exige a tu proveedor que origine en 400. Tenemos el análisis completo, con la frontera servicio/comercial explicada, en el post del prefijo 400.

28 de diciembre de 2026 — fin del plazo de adaptación de la Ley de Atención a la Clientela

La Ley 10/2025 está en vigor desde el 28 de diciembre de 2025, y su disposición transitoria dio doce meses de adaptación: se agotan el 28 de diciembre de 2026. Desde entonces, las empresas obligadas deben atender el 95% de las llamadas en menos de tres minutos de media, no pueden despachar al cliente con un contestador y tienen 15 días hábiles para resolver reclamaciones.

A quién aplica: honestidad por delante — no a tu pyme, salvo que prestes servicios básicos (suministros, transporte de viajeros, telecomunicaciones, servicios financieros): ahí entra cualquier tamaño. Para el resto, obliga a partir de 250 empleados, 50 millones de facturación o 43 de balance. Qué hacer este mes: si eres proveedor o subcontrata de una empresa obligada, revisa qué tiempos de respuesta puedes comprometer, porque los niveles de servicio bajan en cascada por contrato; y aunque nadie te obligue, mide tu propio teléfono — la expectativa de tres minutos va a ser el nuevo normal de tus clientes. El análisis completo, con umbrales, artículos y sanciones, está en nuestro post sobre la Ley de Atención a la Clientela.

1 de enero y 1 de julio de 2027 — Verifactu, ahora sí

Verifactu es el reglamento que obliga a que el software de facturación sea antimanipulación: cada factura genera un registro encadenado con huella digital, y el programa o bien remite los registros a la AEAT en el momento (modalidad Verifactu) o bien los conserva firmados. El Real Decreto-ley 15/2025 (BOE de 3 de diciembre de 2025) aplazó su exigencia y dejó el calendario definitivo así: 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto — autónomos en IRPF, entidades en atribución de rentas y no residentes con establecimiento permanente. Quienes ya remiten sus registros por el SII quedan fuera.

A quién aplica: a cualquier sociedad o autónomo que facture con programas informáticos. Qué pasa si no cumples: el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria contempla multas de hasta 50.000 euros por ejercicio por tener software de facturación no adaptado. Qué hacer este mes: pregunta por escrito a tu proveedor de software (o a tu gestoría, si te facturan ellos) si el programa estará adaptado y en qué fecha, y desconfía de un «sí» sin fecha. Si hoy facturas con plantillas de Word o Excel, habla con tu gestoría ya: es el caso con más letra pequeña y el que más conviene resolver con margen. Ojo: Verifactu se ha aplazado dos veces; planifica con la fecha publicada, no con la esperanza de una tercera.

La agenda práctica, mes a mes

Una observación final, de las que se ven al juntar las piezas: tres de las cinco fechas pasan por el teléfono. El regulador está ordenando quién puede llamar, desde qué número y cuánto puede esperar el que llama. El teléfono de una pyme deja de ser un aparato que suena y pasa a ser un canal con reglas — y con un listón de servicio que las grandes van a cumplir por obligación. Si el tuyo pierde llamadas cada semana, la calculadora de llamadas perdidas te dice en 30 segundos cuánto cuesta eso, y un asistente de voz lo resuelve descolgando al primer tono. Pero primero, los deberes de este mes: dos correos y un inventario.

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Preguntas frecuentes

¿Qué pasa el 15 de septiembre de 2026 con los SMS?

Desde esa fecha, los operadores bloquean los SMS dirigidos a números españoles cuyo remitente sea un alias alfanumérico (un nombre de marca en lugar de un número) que no esté inscrito en el Registro de Alias de la CNMC, o que se envíe a través de un proveedor no autorizado. Lo regula la Circular 1/2026 de la CNMC, publicada en el BOE el 27 de marzo de 2026. Si tu negocio envía recordatorios o avisos por SMS con su nombre como remitente, comprueba con tu plataforma de SMS que el alias quedará registrado antes de esa fecha.

¿El prefijo 400 afecta a las llamadas a mis propios clientes?

La obligación del prefijo 400 (desde el 17 de octubre de 2026) es para las llamadas comerciales: captación y venta. Una llamada de servicio a un cliente — confirmar su cita, avisar de que su pedido está listo — no es una llamada comercial. La zona gris está en llamadas a clientes con intención de venderles algo más: la frontera tiene matices y conviene revisarla caso por caso. Lo explicamos en detalle en nuestro análisis del prefijo 400.

¿La Ley de Atención a la Clientela obliga a mi pyme antes del 28 de diciembre de 2026?

Solo si prestas servicios básicos de interés general (suministros, transporte de viajeros, telecomunicaciones, servicios postales o financieros), donde obliga a cualquier tamaño de empresa. Para el resto, la Ley 10/2025 aplica a partir de 250 empleados, 50 millones de euros de facturación o 43 millones de balance. A las pymes les llega de forma indirecta: expectativa del cliente recalibrada a 3 minutos, niveles de servicio trasladados por contrato desde las grandes, y el prefijo 400, que sí aplica a todos.

¿Cuándo es obligatorio Verifactu para un autónomo y para una sociedad?

Tras el aplazamiento del Real Decreto-ley 15/2025 (BOE de 3 de diciembre de 2025): el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados — autónomos en IRPF, entidades en atribución de rentas y no residentes con establecimiento permanente. Quienes ya usan el SII quedan excluidos de Verifactu.

¿Hay multas por facturar con software no adaptado a Verifactu?

Sí. El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria contempla multas de hasta 50.000 euros por ejercicio para quien tenga software de facturación que no cumpla el reglamento, además de las sanciones a los fabricantes del programa. La forma práctica de cubrirse: una confirmación por escrito de tu proveedor de software, con fecha, de que el programa estará adaptado.

¿Pueden volver a aplazarse estas fechas?

Verifactu ya se ha aplazado dos veces y el bloqueo de SMS una (de junio al 15 de septiembre de 2026), así que la pregunta es razonable. Pero la respuesta operativa es no planificar con esa esperanza: las cinco fechas tienen norma publicada en el BOE, el prefijo 400 y la Ley 10/2025 no muestran señales de prórroga, y los pasos de preparación — registrar un alias, pedir numeración, confirmar el software — cuestan poco hechos con margen y mucho hechos en la semana límite.

¿Dónde puedo verificar cada fecha en la fuente original?

Todas están enlazadas en la tabla del artículo: la Circular 1/2026 de la CNMC (BOE-A-2026-7043) para el alias de SMS, las resoluciones del BOE de 16 de abril de 2026 para el prefijo 400, la Ley 10/2025 (BOE-A-2025-26698) para la atención a la clientela y el Real Decreto-ley 15/2025 (BOE-A-2025-24446) para Verifactu. Ante cualquier duda, la norma del BOE manda sobre lo que diga cualquier artículo — este incluido.

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Martin Adrian Reche

Martin Adrian Reche

Fundador de NovaChat IA

Martin es fundador de NovaChat IA, empresa española de asistentes de voz con IA para PYMEs que ya invierten en publicidad y no quieren perder los leads que pagan. Trabaja con negocios de 1-10 empleados desde 2023; antes montó automatizaciones en n8n para call centers regionales, donde aprendió que un voicebot bonito de demo no es lo mismo que uno que aguanta el viernes a las 22h.

Contacto: info@novachatia.com | WhatsApp: +34 851 000 632

Última actualización: 9 de agosto de 2026
Empresa: NovaChat IA — España

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